- Cobertura de Lucro Cesante en los Seguros de Comercio
El lucro cesante es una cobertura incluida en todos los en todos los seguros de comercio. Sin embargo, las características y amplitud de esta cobertura varían mucho en función de la póliza contratada. Te indicamos a continuación qué aspectos debes tener en cuenta en relación a la cobertura de Lucro Cesante en los seguros de comercio:
- Lucro cesante - daños eléctricos: las aseguradoras cubren con esta cobertura la pérdida económica de la explotación de un negocio, ante daños eléctricos en la instalación o en el equipamiento electrónico del establecimiento que causan la paralización de la actividad laboral o el cierre temporal. La gran mayoría de las compañías ofrecen de manera opcional en póliza esta cobertura de Lucro cesante - daños eléctricos.
- Lucro cesante - paralización de la actividad: con esta cobertura se cubren las pérdidas económicas de la explotación de un negocio ante causas ajenas al mismo que causan la paralización de la actividad laboral o el cierre temporal. En el mercado actual, la gran mayoría de las compañías ofrecen en póliza de manera opcional esta cobertura de Lucro cesante - paralización de la actividad, si bien cada Compañía establece el porcentaje mínimo de actividad que tienen en cuenta (desde un 0% hasta un 75% u 80%) y el límite máximo en meses desde la fecha del siniestro (hay aseguradoras que no tienen un límite específico de meses, sin embargo, hay otras que ofrecen un número determinado de meses).
- Lucro cesante - reposición de productos terminados: esta cobertura cubre los costes extraordinarios de reponer los productos utilizados para reducir la pérdida de ventas que pueda causar el cierre parcial o total de la actividad. En el mercado hay muchas aseguradoras que no tienen esta cobertura en sus pólizas, sin embargo podemos encontrar algunas que si la ofrecen de forma opcional.
- Lucro cesante - situaciones extraordinarias: esta cobertura cubre la pérdida económica de la explotación de un negocio frente a causas ajenas extraordinarias (obras públicas, arreglo de fachadas, etc) al mismo que traen consigo el cierre temporal o la paralización de la actividad. Actualmente en el mercado, hay muchas aseguradoras que no ofrecen a sus clientes esta cobertura en sus pólizas, pero podemos encontrar algunas que si la ofrecen de forma opcional.